La Resolución 1276/2026 del Ministerio de Economía establece los instrumentos financieros en los que se podrán invertir los recursos del FAL, sin fijar un tope máximo para la deuda del Tesoro nacional.
El Ministerio de Economía publicó este miércoles en el Boletín Oficial la Resolución 1276/2026, que reglamenta los instrumentos financieros en los que podrán invertirse los recursos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado por la Ley 27.802 de modernización laboral.
La norma establece que las entidades habilitadas deberán mantener al menos el 10% del patrimonio total del FAL en activos de alta liquidez y bajo riesgo de mercado, como depósitos a la vista, plazos fijos precancelables o con vencimiento de hasta 30 días, y letras del Tesoro nacional en pesos con plazo de hasta 90 días.
Para el resto del capital, la resolución autoriza inversiones en:
- Valores negociables representativos de deuda emitidos por el Estado nacional.
- Valores negociables de deuda emitidos por las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Depósitos en entidades financieras autorizadas por el Banco Central.
- Obligaciones negociables emitidas en Argentina por empresas privadas.
La resolución fija límites para cada uno de estos instrumentos. La deuda provincial no podrá superar el 15% de la cartera; las obligaciones negociables privadas, el 20%; los depósitos en una misma entidad, el 15%; y los títulos dollar linked tendrán un máximo agregado del 10%. Para la deuda del Tesoro nacional no se establece un porcentaje máximo.
Además, los instrumentos financieros autorizados deberán contar con calificación AAA en escala nacional otorgada por al menos dos calificadoras registradas ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). Este requisito no aplica para los títulos emitidos por el Estado nacional.
El FAL entrará en vigencia el 1 de noviembre. Consiste en un sistema de cuentas individuales por empleador del sector privado, administrado por Fondos Comunes de Inversión o Fideicomisos Financieros autorizados por la CNV. Las pymes deberán aportar como mínimo el 2,5% de su masa salarial y las grandes empresas el 1%. Estos aportes se compensan con una reducción equivalente en las contribuciones patronales a la seguridad social.
Según datos del Sistema Integrado Previsional Argentino (Sipa), en abril había 6,13 millones de asalariados privados registrados. La remuneración imponible promedio de los trabajadores (Ripte) de mayo fue de 1.849.728 pesos mensuales. Con estos datos, el aporte mensual al FAL se estima entre 1,36 y 3,4 billones de pesos, dependiendo de la distribución de empleados entre pymes y grandes empresas.
