La Cámara Federal de Casación Penal dispuso la continuidad del proceso penal contra el ex juez federal de Rosario Marcelo Martín Bailaque por presunta corrupción y extorsión, y dejó sin efecto la paralización dispuesta por el juez Aníbal Pineda. La resolución abre la etapa de juicio oral y público.
La Cámara Federal de Casación Penal ordenó la continuidad inmediata del proceso penal contra el ex juez federal de Rosario Marcelo Martín Bailaque, acusado de presunta corrupción y extorsión. La decisión fue adoptada por la Sala IV, integrada por los jueces Daniel Petrone, Carlos Mahiques y Gustavo Hornos, quienes hicieron lugar a los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal y las querellas.
Con este fallo, el tribunal dejó sin efecto la paralización del expediente que había dispuesto el juez de revisión Aníbal Pineda. Pineda había suspendido el trámite a la espera de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva una controversia técnica sobre qué código procesal debe aplicarse. Casación sostuvo que esa suspensión sin plazo carecía de respaldo legal y vulneraba los principios de celeridad, simplicidad y plazo razonable.
Marcelo Bailaque dejó el Juzgado Federal N° 4 de Rosario en julio de 2025, después de que le fuera aceptada la renuncia. Está acusado de encabezar una organización dedicada a presionar a empresarios mediante maniobras judiciales y fiscales.
Según la investigación, la red funcionaba con la participación de Santiago Busaniche, escribano señalado como intermediario para el cobro de exigencias dinerarias; Fernando Whpei, empresario imputado que firmó un acuerdo de colaboración con la fiscalía; y Carlos Vaudagna, exfuncionario de la AFIP involucrado en el esquema de presión.
Uno de los hechos centrales del expediente documenta la exigencia de 200.000 dólares a un empresario para no perjudicarlo en una causa penal. El pago se concretó parcialmente por un total de 160.000 dólares.
En el mismo pronunciamiento, la Sala IV rechazó las impugnaciones de la defensa de Busaniche, que pretendía anular el acuerdo de colaboración de Whpei y cuestionaba cambios en la calificación legal de su conducta.
Asimismo, en una resolución paralela, se declaró inadmisible un planteo de Bailaque sobre la selección de testigos e inclusión de pruebas para el debate. Los camaristas indicaron que las discusiones probatorias previas no constituyen sentencias definitivas que habiliten la intervención del máximo tribunal penal.
Con el terreno libre de frenos procesales, el expediente retoma su curso y se encamina hacia la fijación de fecha para el debate oral.
