El organismo recomendó que las modificaciones al régimen electoral no se realicen en la proximidad de los comicios. El tema será tratado el martes a las 15.30 en la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) instó al Congreso de la Nación a observar los estándares internacionales en el tratamiento de las reformas al régimen electoral. La recomendación fue formulada mediante una Acordada Extraordinaria y establece que se deben cumplir los plazos para permitir una adaptación de los partidos y de las autoridades electorales a los cambios, si los hubiera.
El proyecto de Reforma Electoral Integral ingresó en abril al Senado de la Nación y tendrá su primer tratamiento concreto el próximo martes a las 15.30 en la Comisión de Asuntos Constitucionales que preside Agustín Coto (LLA-Tierra del Fuego). En mayo se realizó una reunión informativa con la presencia de María Luz Alegría Landívar, asesora del Ministerio del Interior de la Nación.
La reforma impulsada por el presidente Javier Milei incluye la eliminación de las PASO, la incorporación de Ficha Limpia y cambios en la constitución y el financiamiento de los partidos políticos.
Según el cronograma electoral vigente, si se mantienen las PASO, el calendario comenzaría alrededor del 27 de abril con el cierre del padrón provisorio. Las elecciones generales están previstas para el 24 de octubre y las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para el 8 de agosto.
El documento de la CNE señala que el eventual tratamiento y sanción de los proyectos de reforma al régimen electoral debe observar los estándares internacionales sobre la oportunidad de este tipo de modificaciones. El Tribunal recordó que «en ejercicio de sus atribuciones legales, ha mantenido históricamente un rol activo en la tutela de las condiciones institucionales necesarias para garantizar la integridad del proceso electoral», y señaló que «alterar la estabilidad del marco legal durante un proceso electoral puede generar más perjuicios que beneficios».
Los estándares recomiendan que las reglas estructurales del sistema electoral «no sean modificadas en la proximidad de los comicios, a fin de dar certeza a los actores políticos y a las autoridades encargadas de su implementación». La CNE aclara que el plazo idóneo para introducir cambios es de entre seis y tres meses antes del inicio formal del proceso, que sería a fines de abril, para otorgar «un tiempo razonable y suficiente» a las autoridades electorales y a los actores políticos para adecuar su propia reglamentación interna.
El documento subraya que «todas las actividades pre electorales están sometidas a un cronograma con plazos perentorios e improrrogables, sujetos todos a una fecha límite final, la de la elección». Esta perentoriedad es determinante para «la instrumentación de eventuales modificaciones en materias estructurales, como pueden ser las categorías de cargos a elegir; los requisitos de adquisición y conservación de la personalidad jurídico política partidaria; el sistema de selección de candidaturas; el instrumento de votación o las normas de control del financiamiento partidario».
Como antecedente, para las legislativas de 2025 el gobierno nacional dispuso la suspensión de las PASO con el argumento de que representaba un costo elevado para el erario público. La decisión tuvo el aval del Congreso a través de la ley 27.783, promulgada en marzo del año pasado. La CNE instó en aquel momento a las agrupaciones políticas a adecuar sus respectivos mecanismos estatutarios de democracia interna para la selección de sus candidaturas. Sin embargo, «aun habiéndose adoptado esa previsión, diligente y anticipada, la realidad fáctica del proceso electoral del último año demostró que la totalidad de las agrupaciones políticas contendientes (con la única excepción de una alianza, sobre 626 partidos intervinientes) recurrió a mecanismos de designación de candidatos sin el voto directo de los afiliados».
Con ese antecedente, el Tribunal estimó «prudente y necesario poner estas consideraciones en conocimiento de las autoridades con competencia en la materia». Por último, aclaró que este pronunciamiento «no importa juicio de valor alguno sobre el contenido, la conveniencia político institucional o el mérito de las iniciativas legislativas en trámite, cuestiones privativas de los poderes constitucionalmente habilitados para legislar en la materia».
La acordada lleva la firma de los jueces con competencia electoral Alberto Ricardo Dalla Via, Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas, junto a los secretarios de la Cámara Hernán Gonçalves Figueiredo y Sebastián Schimmel.
