El máximo tribunal provincial se pronunció este lunes sobre dos aspectos previsionales: declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones y validó el aporte solidario, otorgando un plazo de 30 días a los amparistas para adecuar su pretensión.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones de la provincia dispuesto en una reciente reforma a la ley 6915. Por otra parte, validó los aportes solidarios y otorgó un plazo de 30 días a los amparistas para que adecúen su pretensión ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Esta última decisión está contenida en la Ley N° 14283, que dictó la emergencia previsional.
El máximo tribunal provincial se pronunció este lunes sobre dos aspectos previsionales. En ambos pronunciamientos hubo votación dividida: fue 4 a 3 en ambos temas y el que inclinó hacia un lado y hacia otro la votación fue Roberto Falistocco.
Los pronunciamientos se conocieron a los pocos días de caer la vigencia de la Ley de Emergencia Previsional, que será el 13 de septiembre. En ambos casos, las partes podrán recurrir al ámbito federal para hacer efectivos sus reclamos.
Los pronunciamientos de este lunes corresponden a los casos caratulados como “Lisi”, docente jubilada que cuestionó la emergencia previsional y el aporte solidario, y “Ramón”, amparista que cuestiona el tope jubilatorio.
