Amnistía Internacional presentó una demanda judicial contra la intendencia de San Isidro por implementar un protocolo paralelo en sanatorios municipales que, según la organización, viola la Ley 27.610 de interrupción voluntaria del embarazo.
La organización de derechos humanos Amnistía Internacional presentó una demanda judicial contra la intendencia del partido bonaerense de San Isidro por implementar un protocolo en los sanatorios municipales que, según la organización, obstaculiza el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), derecho establecido por la Ley 27.610.
Según el documento presentado ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N.° 2 de San Isidro, el Municipio reconoció haber permitido la aplicación de un protocolo paralelo, en contra de la normativa nacional. La organización señaló que el procedimiento incluía un cuestionario psicológico a las solicitantes, con el objetivo de demorar la atención y desalentar la decisión de abortar.
Testimonios recogidos por Amnistía Internacional describen que las pacientes eran derivadas a un consultorio denominado “Maternidades vulnerables”, donde se les mostraba un muñeco o una estatuilla de la Virgen María, y se les pedía que “conectaran” con su embarazo. Una de las afectadas declaró: “No buscaban escucharme, ayudarme… Fue una experiencia muy dolorosa”.
La organización también denunció un manejo indebido de datos personales, comprometiendo la confidencialidad médica, y advirtió que estas prácticas pueden provocar demoras injustificadas y dificultar el acceso a la práctica dentro de los plazos legales.
El concejal Manuel Schupisser (UxP) presentó pedidos de informes al Concejo Deliberante, sin obtener respuestas del Ejecutivo local. Posteriormente, el municipio reconoció la existencia del protocolo.
Entre otros puntos, se señaló que el protocolo concentra la atención exclusivamente en el Hospital Materno Infantil de San Isidro, impidiendo que las interrupciones del embarazo sean realizadas en los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS). Amnistía Internacional indicó que esta restricción “limita la accesibilidad a la salud y resulta contraria al principio de atención integral y oportuna previsto por la legislación vigente”.
La organización también advirtió que el protocolo coloca en riesgo a los equipos de salud, ya que la Ley 27.610 incorporó sanciones penales para quienes dilaten u obstaculicen la práctica de un aborto en los casos legalmente autorizados.
Durante 2024 y 2025, Amnistía Internacional recibió testimonios de mujeres y personas gestantes que describieron barreras en el Hospital Materno Infantil, como exigencia de requisitos no contemplados por la ley, comentarios moralizantes y la intervención de personas ajenas al equipo de salud. También se reportaron contactos posteriores a la atención, en los que se indagaba si las pacientes habían completado el procedimiento.
La organización afirmó que durante 2026 continuó recibiendo nuevos testimonios de barreras de acceso, así como denuncias de profesionales de la salud que señalaron presiones para declararse objetores de conciencia bajo amenazas laborales.
