La agencia de recaudación modificó la normativa anual para personas humanas y sucesiones indivisas, incorporando un procedimiento opcional de declaración jurada simplificada.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó la normativa para la determinación anual e ingreso del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país. La norma, establecida por la Resolución General 5836/2026 publicada en el Boletín Oficial, incorpora las previsiones necesarias para los sujetos que opten por el Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Este régimen opcional se basa en las condiciones dispuestas por la Ley N° 27.799. Para ingresar a este mecanismo tributario, los contribuyentes deben realizar el trámite a través del servicio «Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado» en el sitio web del organismo, para lo cual es necesario contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior.
Bajo este sistema, el organismo pondrá a disposición la información obrante en sus sistemas, así como aquella suministrada por responsables y/o terceros. Los usuarios pueden revisar la información precargada antes de enviarla y efectuar los ajustes, modificaciones, incorporaciones y/o eliminaciones que consideren pertinentes, para luego confirmar la presentación.
La normativa también aclara el procedimiento para corregir datos ya presentados, estableciendo que la presentación de declaraciones juradas rectificativas deberá efectuarse a través del régimen general o del régimen simplificado, según corresponda.
