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Tras los aumentos, cuánto cobrará un empleado de comercio en octubre 2025

En octubre los trabajadores de este rubro cobrarán además del sueldo una suma extraordinaria y celebrarán el Día del Empleado de Comercio

22/09/2025 – 07:30hs

Los empleados de comercio seguirán cobrando el aumento de sueldo convenido en paritarias en julio pasado, ya que abarca todo el segundo semestre del 2025. A la vez, este mes celebran el Día del Empleado de Comercio. 

De esta manera los empleados de comercio, el gremio más numeroso de la Argentina, se aseguran una mayor estabilidad de sus ingresos frente a la inflación. Los siguientes son los datos a tener en cuenta para cobrar el sueldo de septiembre, de acuerdo a lo que debe percibir cada categoría. 

Sueldos de empleados comercio: cómo quedó la última paritaria

En la última paritaria, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresarias Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) negociaron un aumento de 6% respecto de las escalas salariales de junio de 2025. 

El mismo se abona con subas mensuales de 1% acumulativas, de la siguiente manera:

  • Julio 2025: 1% (aplicado).
  • Agosto 2025: 1% (aplicado).
  • Septiembre 2025: 1% (vigente).
  • Octubre 2025: 1%.
  • Noviembre 2025: 1%.
  • Diciembre 2025: 1%.

Como hicieron también muchos otros gremios fuertes de la Argentina, el de Comercio se ciñó al techo paritario que extraoficialmente pedían desde el Ministerio de Capital Humano, de 1% mensual, de manera de usar los salarios como «ancla» para contener una inflación que nunca en toda la gestión de La Libertad Avanza se redujo a ese porcentaje. Aquellos gremios que pactaban subas mayores al 1% no recibían la homologación de su paritaria vía publicación del acuerdo en el Boletín Oficial. 

En ese marco, los sindicatos optaron por ajustar al pedido oficial los aumentos salariales y agregar sumas fijas extraordinarias y no remunerativas, de manera de que el poder adquisitivo de sus afiliados no perdiera tanto terreno contra la inflación. Estos acuerdos si recibían la homologación y tomaban así fuerza de Ley. 

En el caso del acuerdo del segundo semestre de Empleados de Comercio, se determinó una suma no remunerativa de 40.000 pesos a pagar en cada mes, y en diciembre ese monto se sumará al básico mensual que se cobrará en enero de 2026. Esta suma extra es igual para todos los trabajadores del convenio colectivo 130/75, independientemente de su categoría y antigüedad.  

Escala salarial de empleados de Comercio

En función del último acuerdo paritario de FAECyS con las principales cámaras de Comercio del país, los sueldos de los empleados del sector seguirán la siguiente escala salarial para los sueldos de septiembre, que llegan a los bolsillos en octubre: 

Maestranza

  • Categoría A: $1.025.914
  • Categoría B: $1.028.884
  • Categoría C: $1.039.290

Administrativo

  • Categoría A: $1.037.062 
  • Categoría B: $1.041.525 
  • Categoría C: $1.045.982 
  • Categoría D: $1.059.363 
  • Categoría E: $1.070.510 
  • Categoría F: $1.086.863 

Cajero

  • Categoría A: $1.040.777 
  • Cajero B: $1.045.982 
  • Cajero C: $1.052.672 

Auxiliares

  • Categoría A: $1.040.777 
  • Categoría B: $1.048.210 
  • Categoría C: $1.072.740 
  • Categoría A: $1.049.700 
  • Categoría B: $1.063.078

Vendedores

  • Categoría A: $1.040.777 
  • Categoría B: $1.063.080 
  • Categoría C: $1.070.510 
  • Categoría D: $1.086.863 

Estos son los sueldos básicos de cada categoría de los empleados de comercio nucleados en FAECyS, lo que no quita que algunas empresas no abonen sueldos mejores que los aquí consignados a su empleados. Asimismo, en cada uno de los casos de esta escala se deben pagar también hasta diciembre las sumas extras no remunerativas de 40.000 pesos mensuales en todos los casos. 

Asimismo, a los empleados de comercio les corresponde cobrar los siguientes adicionales: 

  • antigüedad: 1% adicional sobre su salario básico por cada año trabajado.
  • manejo de caja, un complemento remuneratorio, fijado porcentualmente, según las funciones asignadas al cajero. Este adicional se calcula sobre el sueldo inicial.
  • presentismo
  • horas extra: el recargo es del 50% para las trabajadas en días comunes (lunes a sábado hasta las 13:00) y del 100% para las horas trabajadas en sábados después de las 13:00, domingos y feriados.

Cuándo es el Día del Empleado de Comercio

El Día del Empleado de Comercio es una fecha especial instituída por la Ley N° 6.541 , durante el cual los trabajadores de este sector tienen derecho a descanso como si se tratase de un feriado nacional. Es importante conocer la fecha exacta en la que se celebra, ya que muchos comercios suelen estar cerrados en esa jornada. 

Regularmente se celebra cada año el día 26 de septiembre, pero en 2025 FAECyS y las cámaras del sector decidieron de común acuerdo mover la fecha al lunes 29 de septiembre. El sindicato comunicó que esta modificación responde a la previsión de que en esa fecha «los trabajadores tengan su reconocimiento con todos los alcances de la Ley mencionada.»

«En cuanto a las remuneraciones se deben dar cumplimiento a las normas legales vigentes en materia laboral (LCT y concordantes) y con los alcances de la Ley 26.541, estableciéndose que el lunes en que se conmemorará el Día del Empleado de Comercio no se podrá otorgar como franco compensatorio de descanso semanal», añadió FAECyS.

Por lo tanto, en octubre los empleados de comercio percibirán el sueldo que les corresponde por la escala salarial de septiembre, además de los adicionales y la suma extra no remunerativa de 40.000 pesos definida en paritaria.

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