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Fijan las reglas para el ingreso de dólares especulativos: por el mercado oficial y seis meses mínimo de permanencia

El Banco Central abrió la puerta al capital extranjero para que pueda entrar al mercado local si desea invertir en activos financieros listados en el mercado argentino. Pero también fijó las condiciones para evitar que la entrada y salida de capitales especulativos no termine inoculando una indeseada volatilidad al mercado cambiario, que recién está transitando sus primeros pasos en libertad -entre bandas cambiarias- luego de muchos años operando bajo el formato cepo.

Lo que hizo el Banco Central es autorizar, según un comunicado distribuido esta tarde al cierre del mercado, “a inversores no residentes a acceder al Mercado Libre de Cambios (MLC), sin conformidad previa, para la repatriación de las nuevas inversiones que realicen. Siguiendo el mismo criterio que se aplica a los flujos financieros vinculados al financiamiento externo, el acceso al Mercado Libre de Cambios quedará supeditado a la previa liquidación en dicho mercado del monto correspondiente a la inversión original”.

Y aclara el comunicado algo muy importante: “Enmarcado en una priorización macroprudencial, estas inversiones requerirán un período mínimo de permanencia de 6 meses, que deberá ser verificado por la entidad financiera que concrete la operación de ingreso”

Qué quiere decir todo esto. Que los dólares que lleguen del exterior de inversores “no residentes” deberán primero liquidarse en el mercado oficial. Estas reglas no corren para los dólares que entran a través del mercado «contado con liqui». Para salir, también deberán salir -transformando pesos en dólares- en el mercado oficial. Y una exigencia clave: Las inversiones deberán permanecer dentro del país al menos seis meses, antes de volver a su lugar de origen.

La obligación de liquidar es similar a la que deben atender las empresas locales cuando acceden a financiamiento externo: Las que quieren acceder al crédito externo tienen que liquidar los dólares que reciben como crédito, si más tarde quieren comprar en el mercado oficial los dólares para repagar dicho crédito”.

Al pasar por el mercado oficial, el Banco Central tiene trazabilidad de las divisas. Y otro dato no menor: Solo las operaciones cambiarias que se hagan en el mercado libre de cambio (MLC) le darán derecho a los inversores a operar en el mercado de futuros “como una herramienta de cobertura de riesgos cambiarios”.

Según el BCRA ”esta posibilidad mejora las condiciones para todos los participantes de ese mercado y favorece el desarrollo de los mercados de futuros financieros locales, impulsando un mayor volumen de transacciones y promoviendo una mayor liquidez y transparencia en la formación de precios”.

El Banco Central apuesta, según fuentes oficiales, a que el ingreso eventual de dólares por esta vía habilite al organismo monetario a comprar divisas e incrementar reservas sin que el tipo de cambio oficial haya llegado al piso de la banda cambiaria. Es una de las opciones discrecionales que se reservó el BCRA para intervenir en el mercado “dentro de la banda cambiaria”.

Otro objetivo del permiso más o menos regulado al ingreso de capitales especulativos es que la Argentina vuelva al radar de los inversores institucionales. Para ello, Argentina debe volver formalmente al universo de los “mercados emergentes” y aparecer en los índices correspondientes.

El comunicado lo dice así: “Esta medida no sólo mejora el marco operativo para los inversores, sino que también habilita la posibilidad de que los activos financieros argentinos cumplan con los criterios de elegibilidad requeridos por los principales índices de referencia internacionales. Esta inclusión potencial incrementa su visibilidad y atractivo, estimulando una mayor demanda por parte de fondos institucionales y otros vehículos de inversión que replican o se guían por dichos índices”

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