La Municipalidad de Santa Fe dispuso una nueva actualización del valor de la Unidad Fija, que pasó a 2.151 pesos. La medida impacta en todas las infracciones del Régimen de Infracciones y Penalidades. Una alcoholemia positiva puede alcanzar los 4.302.000 pesos.
A través de la Resolución N° 157/2026, la Municipalidad de Santa Fe autorizó una nueva actualización del valor de la Unidad Fija (UF), fórmula de cálculo que se utiliza para determinar los montos dinerarios mínimos y máximos de las multas en la ciudad capital.
El municipio autorizó una actualización de la Unidad Fija, fórmula que determina los montos dinerarios mínimos y máximos de cada contravención. Una alcoholemia positiva puede costar -de máxima- poco más de 4 millones de pesos.
Esto se traduce en un nuevo aumento sobre los valores de todas las infracciones tipificadas en el Régimen de Infracciones y Penalidades (Ordenanza N° 7.882, cuyo texto ordenado figura en el Decreto 00027/2026), y que van desde contravenciones relacionadas a la autoridad municipal, la seguridad pública, la higiene urbana y el tránsito.
En lo que va de 2026 ya son cinco las subas del valor de la UF, es decir, de los montos de las multas. El 1° de febrero fue la primera actualización, cuando la Unidad Fija se estableció en 1.701 pesos; el 1° de abril saltó a 2.045 pesos; el 1° de junio pasó a valer 2.087 pesos, y el 10 de agosto, 2.092 pesos.
Desde este martes 13 de octubre, según pudo saber este diario, la UF ya cuesta 2.151 pesos. Con todo, el incremento de la UF en dos meses fue del 2,82%. Y en lo que va del año, desde febrero hasta esta última actualización, el incremento porcentual fue del 26,4%.
La explicación
Cabe recordar que la administración municipal a cargo del intendente Juan Pablo Poletti tiene la potestad otorgada por ordenanza vigente (N° 12.943) de actualizar -o no- la Unidad Fija de forma bimestral. Esto depende de los incrementos en los combustibles, como en reiteradas oportunidades ha explicado este diario.
En contexto, el Concejo de Santa Fe determinó por la citada normativa, aprobada en 2024, que los montos mínimos y máximos previstos para cada una de las infracciones sancionadas con multa “se determinan por la UF, cuyo valor en pesos equivale a un litro de nafta súper valor surtidor de la empresa YPF del ACA de Santa Fe”.
El Ejecutivo Municipal está obligado, también por dicha ordenanza, a “publicar en su sitio web oficial el valor de la UF y sus actualizaciones en forma bimestral».
La mayoría de las contravenciones, excepto las consideradas muy graves -como correr “picadas” en la vía pública-, se pueden abonar en forma voluntaria. En este caso, el infractor puede tener un descuento del 20% del valor impuesto, de mínima y de máxima. Siempre conviene abonar dentro de la modalidad de pago voluntario.
Y en línea con todo esto, El Litoral contó que el municipio remitió al Legislativo un mensaje donde le solicitó autorización para implementar un plan con facilidades de pago de multas (moratoria) relacionadas con el tránsito y con el estacionamiento medido (SEOM), que sería tratado en breve.
Tránsito
Como se dijo, los montos de las multas están determinados a partir de la Unidad Fija, cuyo monto ahora es de 2.151 pesos. A partir de ese valor, se pueden establecer los mínimos y máximos para -por ejemplo- las infracciones del tránsito, que son de las más comunes entre los santafesinos.
- Por no respetar las señales de luz roja de los semáforos, o las indicaciones de prohibición de paso de los agentes encargados de dirigir el tránsito, la sanción dineraria va de 190 UF (que equivalen a 408.690 pesos de mínima) hasta 1900 UF (4.086.900 pesos de máxima).
- Por conducir en estado de manifiesta alteración psíquica, de ebriedad o bajo la acción de tóxicos o estupefacientes (…), esto es narcolemia o alcoholemia positiva, la multa cuesta de 190 UF (408.690 pesos de mínima) a 2000 UF (4.302.000 pesos de máxima).
Velocidad y SEOM
- Por disputar carreras en la vía pública de Santa Fe capital (“picadas”) la multa, con la actualización de la UF, ahora es de 2500 UF (5.377.500 pesos, de mínima) hasta 8000 UF (17.208.000 pesos de máxima) e inhabilitación para conducir de entre uno y dos años. Es una de las contravenciones más graves.
- Si un conductor circula en su vehículo a una velocidad que supere en 20 km/h y hasta 40 km/h de la máxima permitida, la multa va desde 150 UF (322.650 pesos, mínima) hasta 1500 UF (3.226.500 pesos de máxima).
- Asimismo, cuando la velocidad supere en más de 40 km/h la máxima permitida, la multa pasa a ser de 220 UF (473.220 pesos mínima) a 2200 UF (4.732.200 pesos, máxima).
- Por estacionar en dársenas de SEOM sin registrar (esto es, por no abonar el tiempo en la dársena ocupada), la sanción dineraria equivale a 11 UF: 23.661 pesos.
- Estacionar en doble mano, en mano prohibida, vereda, contramano (…) delante de las puertas de acceso a los garajes particulares y playas de estacionamiento (etcétera), la multa va de las 15 UF (32.265 pesos, mínima) hasta 150 UF (322.650 pesos de máxima).
- Circular, cruzar, maniobrar o detenerse en forma imprudente (…) o haciendo uso de la telefonía móvil sin el manos libres, o transportando animales en los asientos delanteros del conductor o del acompañante, conlleva multa de 50 UF (107.550 pesos de mínima) a 500 UF (1.075.500 pesos, de máxima).
Higiene urbana
- Por arrojar en la vía pública los enseres domésticos, desperdicios, residuos, escombros, tierra o materiales de construcción fuera de los días establecidos para la recolección de éstos, las multas van de 80 UF (172.080 pesos de mínima) a 800 UF (1.720.800 pesos de máxima).
