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Santa Fe deroga decreto de 1955 y digitaliza la firma de contratos públicos

El Gobierno de Santa Fe derogó el Decreto N° 4875/1955, que exigía la intervención de la Escribanía Mayor de Gobierno en contratos estatales. Mediante el Decreto N° 1948/26, los contratos se firmarán digitalmente en la plataforma TIMBÓ.

El Gobierno de la Provincia de Santa Fe derogó el Decreto N° 4875 del 30 de diciembre de 1955, que regulaba el trámite de contratos estatales y establecía la intervención obligatoria de la Escribanía Mayor de Gobierno o la confección de escrituras públicas. La medida se formalizó a través del Decreto N° 1948/26, firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia.

Con la derogación, todos los contratos de obras públicas, suministros, provisiones y locaciones de servicios que celebre la Provincia —a través de sus ministerios u organismos descentralizados— se formalizarán y suscribirán mediante firma digital en el Ecosistema de Gestión Digital «TIMBÓ».

Una norma de más de 70 años

El decreto derogado databa del 30 de diciembre de 1955. En aquel momento, la norma buscaba evitar que cada compra u obra pública tuviera que pasar por una escritura pública, estableciendo como alternativa la certificación presencial de la Escribanía de Gobierno para dar fecha cierta y validar la identidad de los firmantes. También fijaba un límite de 200.000 pesos moneda nacional de la época, monto que quedó sin aplicación práctica por los cambios del signo monetario en Argentina.

En los considerandos de la nueva normativa, el Ejecutivo provincial sostiene que la tecnología actual supera las garantías que ofrecía el trámite notarial. Según el texto, las leyes de Firma Digital (N° 25.506 a nivel nacional y N° 12.491 a nivel provincial) y la Ley de Gobernanza de Datos (N° 14.256) permiten que la suscripción electrónica en la plataforma provincial garantice la autoría, inalterabilidad, fecha cierta y legalidad de cada documento.

Consolidación del programa «Territorio 5.0»

La decisión se enmarca en el programa Territorio 5.0 y da continuidad a la meta fijada por la gestión provincial que estableció que, desde el 1° de julio de 2026, la totalidad de los trámites administrativos deben realizarse de forma digital, quedando prohibido el inicio de expedientes en papel.

El Artículo 2° del nuevo decreto establece que el control de la identidad del firmante y la verificación de la representación legal de las empresas contratistas quedará a cargo de las áreas jurídicas competentes de cada repartición con carácter previo a la firma digital del instrumento.

Según el Gobierno provincial, la eliminación de este requisito busca dar mayor agilidad a la gestión, reducir costos operativos y profundizar la transparencia a través de registros digitales auditables y trazables.

Para conocer más sobre la instrucción del personal y los administrados en el uso de herramientas de gestión documental electrónica, se puede consultar el video explicativo sobre la Capacitación en gestión de Expediente Electrónico – Plataforma Timbó.

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