El Tribunal de Génova reconoció la ciudadanía italiana a una familia argentina que había intentado iniciar el trámite antes de la entrada en vigencia del Decreto Tajani. El fallo valora los intentos reiterados de obtener un turno consular y se suma a otras decisiones judiciales recientes.
El Tribunal de Génova dictó una sentencia favorable a una familia argentina que solicitó el reconocimiento de la ciudadanía italiana por vía judicial. El fallo se produce después de la entrada en vigencia del Decreto Tajani, aprobado por el Gobierno italiano en marzo de 2025, que restringió el acceso al derecho por sangre (iure sanguinis).
La familia estaba representada por el estudio Ciudadanía Italiana por Derecho, con sede en Rosario. Según informó el estudio, la particularidad del caso radica en que la familia había intentado iniciar el trámite cuando todavía regía la legislación anterior, pero nunca logró acceder a un turno consular. Durante meses realizó numerosos intentos para presentar la documentación y conservó capturas de pantalla y otras constancias que acreditaban esas gestiones frustradas.
El juez valoró que la familia había intentado ejercer su derecho mientras aún estaba vigente el régimen anterior y que la imposibilidad de obtener un turno no podía perjudicarla. Desde el estudio explicaron: «El fallo no desconoce la existencia del Decreto Tajani ni declara inválida la nueva normativa. Lo que hace es analizar las circunstancias concretas de esta familia y reconocer que existió una voluntad clara y demostrable de iniciar el trámite cuando todavía regían las reglas anteriores».
Los abogados aclararon que el caso no implica que todas las personas que reclamen la ciudadanía obtendrán automáticamente un resultado favorable. Sin embargo, consideran que la sentencia forma parte de una serie de decisiones judiciales recientes que muestran un escenario diferente al que existía hace algunos meses. Entre ellas mencionaron la decisión de la Corte Constitucional italiana de consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre distintos aspectos vinculados con la reforma, y el pronunciamiento de las Sezioni Unite de la Corte di Cassazione sobre el denominado minor issue.
En esa misma sentencia, la Corte volvió a definir la ciudadanía iure sanguinis como un derecho «originario, permanente e imprescriptible», una caracterización que, según los especialistas, podría adquirir relevancia en los futuros debates sobre la constitucionalidad de las nuevas restricciones.
Para los abogados rosarinos, la principal enseñanza de este caso es que ya no resulta correcto afirmar que todos los descendientes quedaron automáticamente excluidos por el Decreto Tajani. Sostienen: «Lo que estamos viendo es que la Justicia empieza a analizar las situaciones particulares y a reconocer que no todos los casos son iguales. Hay familias que pueden demostrar intentos concretos de ejercer su derecho antes de la reforma, otras que quedaron alcanzadas por interpretaciones que hoy están siendo revisadas y otras cuya situación dependerá de cómo evolucionen los próximos fallos».
Por ese motivo, recomiendan que quienes recibieron una respuesta negativa o abandonaron la idea de iniciar el trámite vuelvan a revisar su documentación antes de descartar definitivamente la posibilidad de obtener el reconocimiento. «La discusión judicial está lejos de haber terminado. Europa todavía deberá pronunciarse sobre aspectos centrales de la reforma y los tribunales italianos continúan produciendo decisiones que ayudan a definir el alcance de la nueva ley. En este contexto, analizar cada carpeta en particular es más importante que nunca», concluyeron.
