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ARCA dejará de apelar fallos que eximen a jubilados del pago de Ganancias

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero resolvió modificar su estrategia judicial y no apelará más las sentencias que declaran inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios, tras la jurisprudencia reiterada de la Corte Suprema.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió modificar su estrategia judicial y dejará de apelar las sentencias que declaran inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios. La decisión se tomó luego de que la Corte Suprema mantuviera durante años un criterio reiterado en favor de jubilados que cuestionaron esos descuentos ante la Justicia.

La medida quedó formalizada a través de la Instrucción General 4/2026 de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos del organismo. Allí se dispuso que los representantes fiscales no presenten nuevos recursos ante la Corte Suprema en este tipo de causas y que, incluso, desistan de los recursos ya iniciados que todavía no fueron resueltos.

Según sostuvo ARCA en el texto oficial, el cambio busca evitar “mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional”, en un contexto en el que el máximo tribunal viene rechazando de manera sistemática las apelaciones del organismo.

El antecedente del fallo “García”

La decisión de ARCA tiene como base el fallo “García, María Isabel c/ AFIP”, dictado por la Corte Suprema el 26 de marzo de 2019. En ese caso, el tribunal declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias en la medida en que gravaban haberes jubilatorios.

La demandante era una jubilada de 79 años que presentaba problemas de salud y que, según el expediente, sufría retenciones que representaban entre el 29,33% y el 31,94% de sus ingresos previsionales. Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco consideraron que el cobro del tributo vulneraba principios constitucionales vinculados a la igualdad y a la protección de sectores en situación de vulnerabilidad.

Qué hará ARCA a partir de ahora

Con la nueva instrucción, ARCA definió que los representantes fiscales no deberán presentar recursos extraordinarios ante la Corte Suprema ni recursos de queja cuando esos planteos sean rechazados en instancias anteriores. También se dispuso que, en aquellos expedientes en los que el recurso federal ya fue presentado pero todavía no fue tratado, el organismo deberá desistir de continuar con la apelación.

El documento firmado el 15 de mayo por Gustavo Heber Paturlannes, subdirector general de Asuntos Jurídicos de la entonces AFIP, señala que la decisión se fundamenta en la “sostenida jurisprudencia” de la Corte Suprema a partir del precedente “García”.

ARCA instruyó a sus áreas jurídicas para que adapten la gestión judicial de los casos a la doctrina fijada por el máximo tribunal, mientras no exista un cambio de criterio por parte de la Corte o una nueva legislación del Congreso que establezca un régimen diferencial para jubilados en situación de vulnerabilidad.

Qué pasará con los juicios en trámite

En los casos en que las cámaras federales ya vengan rechazando de manera sistemática las apelaciones del organismo contra fallos de primera instancia, los representantes fiscales deberán consentir esas decisiones respecto de la cuestión de fondo. Sin embargo, ARCA aclaró que podrá continuar litigando en relación con honorarios profesionales y costas judiciales, con el objetivo de reducir gastos para el Estado.

La norma establece excepciones: no se aplicará cuando quienes impulsan la demanda no tengan legitimación activa, como podría ocurrir con asociaciones o colegios profesionales, ni en aquellos casos en los que la representación fiscal considere que existen circunstancias particulares que permitan revertir el criterio judicial aplicado hasta el momento.

El rol pendiente del Congreso

En el fallo “García”, la Corte Suprema también puso en conocimiento del Congreso la necesidad de avanzar en una legislación específica para jubilados y pensionados. Hasta el momento, según surge de la resolución de ARCA, no se dictó una norma que modifique ese escenario de fondo. Por eso, el organismo resolvió adecuar su actuación judicial a la doctrina que viene sosteniendo la Corte Suprema desde 2019.

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